El Banco Central de Cuba (BCC) publicó la Resolución 11/2023, que contiene las normas bancarias sobre los límites establecidos para los cobros y pagos en efectivo en moneda nacional, su depósito, extracción y tenencia.
Según la resolución, que entró en vigor el 3 de agosto, solo las personas naturales que reciben sus pensiones, salarios y otros ingresos personales, así como los recursos provenientes de cuentas de ahorro, podrán disponer de la red de cajeros automáticos para la extracción de efectivo.
Además, la norma establece que las extracciones de efectivo para el pago de salarios y otras prestaciones sociales se realizan con un máximo de tres días hábiles de antelación a la fecha de pago, y que el efectivo no utilizado debe ser reintegrado al banco al siguiente día hábil.
El BCC también señala que los bancos incluirán en los contratos de cuenta corriente los términos y condiciones para el manejo del efectivo en pesos cubanos, y que podrán suspender o cerrar los servicios bancarios a los clientes que incumplan reiteradamente lo dispuesto.
(Fuente: Cubadebate)