La Constitución de Jimaguayú, aprobada el 16 de septiembre de 1895, significó un paso de avance en la consolidación de una plataforma para organizar internamente la Revolución continuadora de la Guerra de los Diez Años, y en su artículo 24 estableció la obligatoriedad de que si en dos años la guerra contra la metrópoli española no estaba ganada, debía convocarse a otra Asamblea Constituyente.
Existen acontecimientos que recoge la historia de elevado significado patriótico, que por su repercusión merecen ser conocidos y comprendidos por las nuevas generaciones; uno es la Constitución de Jimaguayú.
Fue aprobada en los campos de la localidad de igual nombre, en la provincia de Camagüey, la Carta Magna de la República de Cuba en Armas, la cual dio forma jurídica al movimiento revolucionario generalizado en el centro y el oriente del archipiélago antillano.
La Constitución refrendada, que regiría en Cuba durante dos años, establecía un gobierno centralizado como lo había planteado su antecesora de Guáimaro, pero a diferencia de ésta, unía en un sólo organismo los poderes legislativo y ejecutivo.
Se propuso también cerrar las contradicciones entre civiles y militares que dejó abierta la Carta Magna de Guáimaro cuando depositó en la Cámara de Representantes toda la autoridad.
Cuba y España se reconocieron como los países en conflicto, y los líderes responsables del hecho fueron Máximo Gómez y Salvador Cisneros Betancourt.
La Constitución de Jimaguayú estableció, como su antecesora de Guáimaro en 1869, un gobierno centralizado de la República, pero a diferencia de ella unió en un solo cuerpo los poderes legislativo y ejecutivo. Ello permitió un órgano reducido de poder que agilizaba las decisiones sobre asuntos del Estado, lo cual era resultado de las experiencias de la Guerra de los 10 Años o Guerra Grande.
La base de esta nueva etapa se sustentaba en la unidad fomentada por el Partido Revolucionario, liderado por José Martí, quien cayera en combate a pocos meses de comenzar la referida contienda.
Era más que necesario aunar voluntades bajo un estatus jurídico que proporcionara las herramientas para el buen desempeño de las acciones encaminadas al derrocamiento del régimen colonialista español que mancillaba a la nación cubana.
Con tal propósito, las llanuras camagüeyanas sirvieron de escenario, por segunda ocasión, a la reunión de líderes y jefes mambises en una Asamblea Constituyente, iniciada el 13 de septiembre de 1895.
En esta ocasión, el camagüeyano Salvador Cisneros Betancourt resultó elegido presidente de la República en Armas, y Bartolomé Masó ocupó la vicepresidencia. Las secretarías de Guerra, Hacienda, Interior y del Exterior, quedaron en manos de Carlos Roloff, Severo Pina Estrada, Santiago García Cañizares y Rafael Portuondo Tamayo, respectivamente.
Consolidada la guerra en Oriente, Camagüey y Las Villas, durante los días 13 y 16 de septiembre de 1895, se reunieron en Jimaguayú, histórico sitio de la demarcación camagüeyana, los representantes de los revolucionarios cubanos en armas para establecer las normas jurídicas por las que la pujante Revolución, continuaría su senda hasta la victoria.
Fue el Generalísimo Máximo Gómez quien escogió el lugar, donde en 1873 había caído en combate por la libertad, el Mayor General Ignacio Agramonte. Allí el ilustre dominicano situó sus tropas para proteger a los que habían de reflexionar sobre la Carta Magna que habría de suceder a la Constitución de Guáimaro de 1869.
Denominado Consejo de Gobierno, la nueva institución encabezada por un presidente, dictaría las disposiciones relativas a la vida civil y política de la Revolución.
Ahora el Consejo de Gobierno sólo intervendría en la dirección de las operaciones militares cuando fuera absolutamente necesario a los fines políticos. Resultado fue que Máximo Gómez fue designado General en Jefe del Ejército Libertador Cubano, y Antonio Maceo, Lugarteniente General.
La última contienda bélica contra el colonialismo español por la independencia de Cuba, contó a partir de entonces con este trascendental cuerpo legal.Todo quedó listo para que los patriotas elegidos integraran el revolucionario Parlamento en Jimaguayú, para cuyas sesiones sirvió dignamente un humilde bohío de yaguas y guano, bajo la presidencia del camagüeyano Salvador Cisneros Betancourt.
Con la Constitución de Jimaguayú quedó establecido un Consejo de Gobierno con prerrogativas administrativas y legislativas, mientras proporcionaba plena autonomía al mando militar, y se materializaba así lo que José Martí expresara dos semanas antes de su caída en combate: «El Ejército, libre, y el país, como país y con toda su dignidad representado».
La nueva Carta Magna nombró un Consejo de Gobierno, encabezado por Salvador Cisneros Betancourt, órgano que tenía como atribuciones dictar todas las disposiciones fundamentales relativas a la vida civil y política de la Revolución.
El documento señaló a su vez que el Consejo de Gobierno tan sólo intervendría en la dirección de las operaciones militares cuando a su juicio, sea absolutamente necesario a la realización de altos fines políticos.
De esta forma, se cumplió uno de los postulados del Héroe Nacional José Martí, quien en el lugar conocido como La Mejorana, en histórico encuentro con Máximo Gómez y Antonio Maceo, logró la convocatoria a una asamblea de representantes de todos los grupos en armas. La prematura muerte del Apóstol impidió que él personalmente organizara y presidiera la nueva República, como era la aspiración de todos los patriotas orientales, camagüeyanos y villareños, que ya combatían juntos desde mayo de ese año.
El 15 de septiembre de 2015 se saldó la deuda con la Patria: le fue entregado a Martha Ferriol Marchena, directora general del Archivo Nacional de la República de Cuba, el Certificado de inscripción de la Constitución de Jimaguayú en el Registro Nacional del Programa Memoria del Mundo de la UNESCO.