El panorama electoral de Bolivia experimenta desde hoy un cambio radical tras la anulación de la reelección presidencial indefinida por parte del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) mediante la Sentencia 1010/2023.
Según el veredicto, “no es un derecho humano” la reelección indefinida, como estableció ese mismo órgano judicial en 2017, y desde ahora el jefe de Estado o su vicepresidente solo pueden ejercer ese mandato por dos períodos continuos o discontinuos.
De esa forma, el TCP hizo prevalecer una decisión de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que, a solicitud de Colombia, resolvió en una Opinión Consultiva que la reelección indefinida no es un derecho humano y es contraria al ejercicio de la democracia representativa.
El veredicto recuerda que, en su artículo 168, la Constitución Política del Estado establece que “el periodo de mandato de la presidenta o del presidente y de la vicepresidenta o del vicepresidente (…) es de cinco años, y pueden ser reelectas o reelectos por una sola vez de manera continua”.
Asimismo, indica que los senadores y diputados solo pueden ejercer su mandato por dos periodos continuos o discontinuos.
Respecto “a las autoridades judiciales, pueden ejercer dos mandatos continuos o discontinuos, pero nunca en el mismo tribunal”, advierte el periódico Correo del Sur, con sede en Sucre, capital del país altiplánico.
Este expediente fue resuelto por la Sala IV del TCP, con el magistrado relator Iván Espada, se informó.
La decisión del TCP veta una posible reelección del expresidente Evo Morales.
(Fuente: Prensa Latina)